sábado, 10 de mayo de 2014

Sólo es legal abonar con dinero público los gastos de defensa del Alcalde y el Concejal de Festejos, en el caso de que los órganos judiciales decidan que no han cometido un delito

Teniendo en cuenta la próxima declaración ante el Juez del Alcalde y el Concejal de Festejos, acusados de prevaricación por el Fiscal, y a la vista de la reciente apertura de juicio oral contra varios ediles de Santiago por cargar a las arcas públicas la defensa de otro edil, imputado por varios delitos, el Partido Popular de Carreño exige que el Gobierno respete la ley a la hora de asumir este tipo de gastos con dinero de todos los carreñenses.

El Gobierno local podría incurrir en un delito en el caso de que autorice gastos destinados a sufragar la defensa del Alcalde y el Concejal de Festejos  en el marco del proceso penal por las ilegalidades en la contratación de orquestas, sin que previamente se declare que no existe responsabilidad criminal. Lo que se trata de garantizar es que el dinero público sólo se utiliza para pagar la defensa de cargos públicos que no han delinquido.

La titular del juzgado de Instrucción número 1 de Santiago, Ana López Suevos, notificó ayer la apertura de juicio oral a los siete ediles de la Junta de Gobierno de Santiago de Compostela, por haber acordado cargar a las arcas públicas la minuta del abogado elegido por Adrián Varela —compañero de corporación municipal y de partido, el PP— para defenderle en el caso Pokémon, donde sigue acusado de los delitos de soborno, fraude documental y prevaricación. La fiscalía comparte el criterio de la juez y solicita nueve años de inhabilitación para los siete ediles.” Se trata de una información del pasado 4 de marzo, que puede consultarse pinchando AQUÍ. 
Al hilo de este antecedente, y ante la próxima declaración del Alcalde y el Concejal de Festejos ante el Juez de Instrucción de Gijón, acusados de prevaricación por el Fiscal, el Partido Popular de Carreño quiere poner sobre la mesa la necesidad de que el Gobierno local respete la legalidad en la asunción de los gastos generados por la defensa de cargos públicos y personal municipal,  inmerso en procesos penales.
En la línea de lo anterior, existe una sentencia de 4 de febrero de 2002, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, que fija con claridad los requisitos que deben cumplirse para considerar indemnizables los gastos de representación y defensa de los miembros de la corporación. Dichos requisitos son:
1) Que el motivo de la imputación guarde causa directa con la intervención de un miembro de la corporación en una actuación administrativa o de otra índole realizada en el cumplimiento de sus funciones.
2) Que la actuación administrativa intervención no fuese llevada a cabo con abuso, exceso, desviación de poder o en convergencia con intereses particulares.
3) Que el concejal sea absuelto y se declare la inexistencia de responsabilidad criminal.
Esta interpretación del Tribunal Supremo, además de fijar los requisitos que deben cumplirse, es de sentido común, al evitar que cargos públicos condenados, además de delinquir tengan el beneficio de que su defensa sea pagada por todos los ciudadanos a través del dinero público.

Por todo lo expuesto, el Partido Popular de Carreño  exige al Gobierno local que tenga en cuenta lo que establece el Tribunal Supremo en relación con este tipo de gastos,    y es que a la vista del antecedente de los concejales de Santiago de Compostela, podría incurrir en un delito en el caso de que autorice gastos destinados a sufragar la defensa del Alcalde y el Concejal de Festejos en el marco del proceso penal por las ilegalidades en la contratación de orquestas, sin que previamente se declare que no existe responsabilidad criminal, y para ello, tiene que existir una decisión del Juez, archivando el asunto, o bien, para el caso de que llegue a juicio, del tribunal correspondiente, absolviendo a los acusados.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

La defensa con fondos públicos de Riego en el caso de Festejos puede ser ilegal, advierte el PP